Las farmacias no podran vender Comestibles, ni los kioscos remedios

Ante la Reglamentación mediante la Resolución Nº 1632/13

Desde la - Dirección de Derechos del Consumidor, Usuario y Contribuyentes, Relaciones de Consumo- , de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Formosa, se informo que a partir del próximo año y con motivo de la Reglamentación mediante la Resolución Nº 1632/13 publicada en el Boletín Oficial de la Ley de Farmacia, estos lugares únicamente podrán dedicarse a la venta de recetas preparadas, dispensa de drogas, medicamentos, incluidos los de venta libre y especialidades farmacéuticas cualquiera sea su condición de expendio, además de los productos destinados a la higiene o estética de las personas y productos para diagnósticos.  

El Ombudsman Provincial, doctor José Leonardo Gialluca, hizo saber que estos lugares poseen un plazo de 90 días que ya están corriendo para la total adecuación de sus locales, que no podrán comercializar productos alimenticios, de kiosco, bijouteri y otros enseres. Dijo el funcionario que en nuestro medio la mayor parte de las farmacias tendrán que adecuarse a esta normativa que tiene la finalidad de determinar el objetivo concreto de actividad de las farmacias y que en nuestro medio hay algunas que serán más afectadas y otras en menor escala.
La Resolución antes citada fue firmada por el Ministro de Salud de Nación, doctor Juan Luis Manzur y tiene fecha 10 de octubre, fue publicada en el Boletín Oficial den el día de ayer por lo que su entrada en vigencia es a partir del 23 de enero del 2014.

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