Se extendió al 28 de febrero el receso administrativo para agentes estatales

En el caso del personal docente, la ampliación es hasta el día 14 del mes entrante

Se extendió hasta el 28 de febrero, inclusive, del año en curso, el receso administrativo dispuesto por el PEP, en cuyo transcurso se mantiene el horario de labor de la administración pública provincial- con carácter excepcional- será de 8 a 12 horas.
Asimismo y dado que el 5 de marzo se inician las clases, el personal docente debe retornar a las escuelas el 17 de febrero para organizar todos los aspectos inherentes al calendario escolar y para los trabajadores de la educación dicha medida tiene vigencia hasta el 14 de febrero.
En este lapso y tal lo establecido en la misma medida, el horario de labor de la administración pública provincial- con carácter excepcional- será de 8 a 12 horas.
Quedan exceptuados del receso los organismos afectados a servicios públicos esenciales que se detallan a continuación: Ministerios de Desarrollo Humano, de Turismo y de la Comunidad, Subsecretaría de Comunicación Social, Hacienda y Finanzas, Comercio e Inversiones, entes recaudadores y las Direcciones de: Parque Infantil, Vialidad Provincial, Informática y Teleprocesamiento, Registro Civil y Capacidad de las Personas, Catastro Territorial, Registro de la Propiedad Inmueble, Subsecretaría de Comercio e Inversiones, Subsecretaría de Hacienda y Finanzas, Contaduría General, Tesorería General, Escribanía Mayor de Gobierno, Servicio Provincial de Agua Potable, Instituto de Colonización y Tierras Fiscales.
Se incluyen los siguientes organismos del ministerio de Cultura y Educación:
Direcciones de Niveles (Inicial, Primaria, Secundaria, Superior), Dirección Unidad de Programas y Proyectos Especiales, Jefatura Departamentales (Técnica, Especial, Educación Permanente, Privada), Dirección de Administración, Dirección de Personal, Planeamiento Educativo, Coordinación de Educación Artística y de Educación Intercultural Bilingüe, Comedores Escolares, Centro de Actividades Juveniles, Estudiar en Verano y Escuelas Abiertas, quienes dispondrán las medidas necesarias para la oportuna aplicación del decreto. Para el personal docente, dicha medida se extiende hasta el 15 de febrero.
Asimismo, en su considerando, el instrumento legal (Decreto 17/2014) indica que la medida, que inicialmente se dispuso desde el 27 de diciembre a la fecha (31 de enero) y ahora extendida, está motivado en que persisten las causas que llevaron a su dictado. Es decir atender que se trata del periodo donde los organismos del estado (centralizado, desconcentrado, descentralizado y autárquico), otorgan a su personal la licencia anual reglamentaria.
También, la conveniencia de establecer un horario de labor en la esfera estatal acorde con las necesidades reales de la actividad administrativa durante el receso, con el propósito de obtener una significativa disminución en los costos operativos derivados del normal funcionamiento de las oficinas públicas. Esto, exceptuando a los estamentos antes señalados que desarrollan servicios públicos esenciales.

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